Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Luque A Transferir A Titulo Gratuito A Favor Del Estado (Ministerio De Educacion Y Culto) Una Fraccion De Terreno Asiento D
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 436
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD
DE LUQUE A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO (MINISTERIO DE
EDUCACION Y CULTO) UNA FRACCION DE TERRENO ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA
Nº 1.031 "YCUA DURE"
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Luque a transferir a título gratuito a favor del
Estado Paraguayo (Ministerio de Educación y Culto), una fracción de
terreno, individualizada como parte de la Finca Nº 13.514, Fracción "B",
asiento de la Escuela Graduada Nº 1.031 "Ycua Duré", ubicada en la Quinta
Compañía del citado Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los
siguientes:
AL NORTE: Mide 61,93 ms. (sesenta y un metros con noventa y tres
centímetros), linda con los lotes 1, 2 y con la fracción "C" destinada para
plaza;
AL SUR: Está compuesta de una quebrada de 3 (tres) líneas, la 1ra.
mide 10,70 ms. (diez metros con setenta centímetros), la 2da. mide 33,30
ms. (treinta y tres metros con treinta centímetros) y la 3ra. mide 28,80
ms. (veintiocho metros con ochenta centímetros); estas 3 (tres) líneas
lindan con la ruta Luque-Areguá;
AL ESTE: Mide 40 ms. (cuarenta metros), linda con la fracción "A"
destinada para edificios públicos; y,
AL OESTE: Mide 18,10 ms. (dieciocho metros con diez centímetros),
linda con la Calle XI.
SUPERFICIE: 1.888 ms2, 9.722 cms2 (mil ochocientos ochenta y ocho
metros cuadrados con nueve mil setecientos veintidos centímetros
cuadrados).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a once días del mes de agosto del
año un mil novecientos noventa y cuatro, y por la H. Cámara de Senadores,
sancionándose la Ley, a veintinueve días del mes de setiembre del año un
mil novecientos noventa y cuatro.
Atilio Martínez Casado Evelio
Fernández Arévalos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
José Luis Cuevas Juan Manuel
Peralta
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario
Asunción, de
de 1994.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Carlos Podestá
Ministro del Interior