Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Pedro Juan Caballero A Transferir A Titulo Oneroso A Favor De La Diocesis De Concepcion, Un Inmueble, Individualizado Como
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE PEDRO JUAN CABALLERO A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A
FAVOR DE LA DIOCESIS DE CONCEPCION, UN INMUEBLE, INDIVIDUALIZADO COMO
PARTE DE LA FINCA N° 4.481, DEL DISTRITO PEDRO JUAN CABALLERO, ASIENTO
DE LA VICARIA VIRGEN DE FATIMA.
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Pedro Juan Caballero, a transferir a título oneroso a
favor de la Diócesis de Concepción, un inmueble, individualizado como parte
de la Finca N° 4.481 del Distrito Pedro Juan Caballero, inscripto en la
Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 1 al folio 1 y
siguientes del año 1980, asiento de la Vicaría "Virgen de Fátima", ubicado
en el barrio Obrero del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son
los siguientes:
AL SURESTE: Mide 29,00 m. (Veintinueve metros), linda con la
calle Choferes del Chaco;
AL NOROESTE: Mide 29,00 m. (Veintinueve metros), linda con la
calle peatonal N° 4;
AL NORESTE: Mide 108,00 m. (Ciento ocho metros), linda con el
resto de la Manzana N° XXIV; y
AL SUR-OESTE: Mide 108,00 m. (Ciento ocho metros), linda con la
calle N° 8.
SUPERFICIE: 3.132,00 m2 (Tres mil ciento treinta y dos metros
cuadrados).
Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta del inmueble
individualizado en el Artículo 1° de la presente ley será destinada
exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o
plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
veintidós días del mes de noviembre del año dos mil uno, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil
uno, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.
Juan Darío Monges Espínola Juan Roque Galeano
Villalba
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Fabio Pedro Gutiérrez Acosta Darío Antonio Franco
Flores
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, de de 2001
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Julio César Fanego Arellano
Ministro del Interior
rdl