Que Desafecta Del Dominio Público Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De San Antonio A Transferir A Titulo Gratuito A Favor Del Cuerpo De Bomberos Voluntarios Del Paraguay, Un Inmueble Individuali
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR
DEL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PARAGUAY, UN INMUEBLE
INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 7589, PARA ASIENTO DEL
LOCAL DE LA DECIMA TERCERA COMPAÑÍA "SAN ANTONIO".
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de San Antonio a transferir a titulo gratuito a favor
del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay con Personería Jurídica
aprobada por Decreto N° 14.465 del 20 de marzo de 1960, un inmueble
individualizado como Lote N° 9 de la Manzana IV, parte de la Finca N° 7589,
con Cta.Cte.Ctral.N° 27-1003-01, inscripto en la Dirección General de los
Registros Públicos bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del 21 de noviembre
de 2001, distrito San Antonio, para asiento del local propio de la Décima
Tercera Compañía "San Antonio", ubicado en el Barrio Naranjaty, cuyas
dimensiones y linderos son los siguientes:
SU FRENTE AL NORTE: mide 14,35 m. (catorce metros con treinta y
cinco centímetros), linda con la ruta San Antonio - Ñemby;
SU CONTRAFRENTE AL SUR: mide 14,83 m. (catorce metros con
ochenta y tres centímetros), linda con la calle 7;
SU COSTADO AL ESTE: mide 28,74 m. (veintiocho metros con setenta
y cuatro centímetros), linda con la calle 5; y,
SU CONTRACOSTADO AL OESTE: mide 32,70 m. (treinta y dos metros
con setenta centímetros), linda con el lote N° 8.
SUPERFICIE: 440,83 m2 (CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS
CON OCHENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a
veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres, y por la Honorable
Cámara de Senadores, a un día del mes de abril del año dos mil cuatro,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Benjamín Maciel Pasotti Carlos Mateo
Balmelli
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Carlos Manuel Maggi Rolón Ana
María Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, de de 2004.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Orlando Fiorotto
Ministro del Interior