Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Villa Elisa A Transferir A Titulo Oneroso A Favor De Sus Actuales Ocupantes, Un Inmueble Individualizado Como Parte De La
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA
MUNICIPALIDAD DE VILLA ELISA A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE
SUS ACTUALES OCUPANTES, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA
FINCA N° 8834, UBICADO EN EL BARRIO MBOCAYATY DEL CITADO MUNICIPIO
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase
a la Municipalidad de Villa Elisa a transferir a título oneroso a favor de
sus actuales ocupantes, un inmueble individualizado con Cuentas Corrientes
Catastrales Números 27-1378-01, 27-1362-01 y 27-1363-02, que forman parte
de la Finca N° 8834 del Distrito de Villa Elisa, inscripto en la Dirección
General de los Registros Públicos bajo el N° 1, al folio 1 y siguientes del
año 1996, ubicado en el barrio "Mbocayaty" del citado municipio,
asentamientos denominados "Marangatú" y "Santa Librada", cuyas dimensiones
y linderos son los siguientes:
MANZANA N° 9
AL NORTE: con rumbo magnético N - 78° 13' 51'' - E (Norte,
setenta y ocho grados, trece minutos, cincuenta y un
segundos, Este), mide 87,03 m. (Ochenta y siete
metros con tres centímetros), linda con derechos
privados;
Al SUR: con rumbo magnético S - 78° 13' 51'' - W (Sur,
setenta y ocho grados, trece minutos, cincuenta y un
segundos, Oeste), mide 61,31 m. (Sesenta y un metros
con treinta y un centímetros), linda con calle 1;
AL ESTE: con rumbo magnético S - 27° 51' 12'' - W (Sur, veintisiete
grados, cincuenta y un minutos, doce segundos,
Oeste), mide 40,28 m. (Cuarenta metros con veinte y
ocho centímetros), linda con calle existente; y,
AL OESTE: con rumbo magnético S - 11° 46' 09" - E (Sur, once grados,
cuarenta y seis minutos, nueve segundos, Este), mide
31 m. (Treinta y un metros), linda con resto de la
manzana.
SUPERFICIE: 2.299 m2. con 2700 cm2. (dos mil doscientos noventa y
nueve metros cuadrados con dos mil setecientos centímetros cuadrados).
MANZANA N° 18
AL NORTE: con rumbo magnético N - 78° 13' 51'' - E (Norte, setenta y
ocho grados, trece minutos, cincuenta y un minutos,
Este), mide 72,03 m. (Setenta y dos metros con tres
centímetros), linda con la calle N° 1;
Al SUR: con rumbo magnético S - 78° 13' 51'' - W (Sur, setenta y
ocho grados, trece minutos, cincuenta y un minutos,
Oeste), mide 22,23 m. (veinte y dos metros con veinte
y tres centímetros), linda con la calle N° 2;
AL ESTE: con rumbo magnético S - 27° 55' 12'' - W (Sur, veintisiete
grados, cincuenta y cinco minutos, doce segundos,
Oeste), mide 77,97 m. (setenta y siete metros con
noventa y siete centímetros), linda con calle; y,
AL OESTE: con rumbo magnético S - 11° 46' 09" - E (Sur, once grados,
cuarenta y seis minutos, nueve segundos, Este), mide
60 m. (sesenta metros), linda con resto de la
manzana.
SUPERFICIE: 2.827 m2. con 8000 cm2. (dos mil ochocientos veintisiete
metros cuadrados con ocho mil centímetros cuadrados).
MANZANA N° 26
AL NORTE: con rumbo magnético N - 78° 13' 51'' - E (Norte, setenta y
ocho grados, trece minutos, cincuenta y un segundos,
Este), mide 82,72 m. (ochenta y dos metros con
setenta y dos centímetros), linda con la calle N° 2;
Al SUR: con rumbo magnético S - 78° 13' 51'' - W (Sur, setenta y
ocho grados, trece minutos, cincuenta y un segundos,
Oeste), mide 82,72 m. (Ochenta y dos metros con
setenta y dos centímetros), linda con la calle N° 3;
AL ESTE: con rumbo magnético S - 11° 46' 09'' - W (Sur, once
grados, cuarenta y seis minutos, nueve segundos,
Oeste), mide 60 m. (Sesenta metros), linda con la
calle N° 1; y,
AL OESTE: con rumbo magnético N - 11° 46' 09" - E (Norte, once
grados, cuarenta y seis minutos, nueve segundos,
Este), mide 60 m. (Sesenta metros), linda con resto
de la manzana.
SUPERFICIE: 4.963 m2. con 2000 cm2. (cuatro mil novecientos sesenta y
tres metros cuadrados con dos mil centímetros cuadrados).
Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta del inmueble
individualizado en el Artículo 1° de la presente Ley será destinada
exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o
plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los
quince días del mes de abril del año dos mil cuatro, quedando sancionado el
mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los quince días del mes de
julio del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo
204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel
Carrizosa Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Osvaldo Ramón Ferrás Morel Adriana Franco de
Fernández
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, de de 2004
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Orlando Fiorotto Sánchez
Ministro del Interior