Que Dispone Erigir Un Monumento A La Defensa Nacional, En La Ciudad De Asuncion

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 2152<br /> QUE DISPONE ERIGIR UN MONUMENTO A LA DEFENSA NACIONAL, EN LA CIUDAD<br /> DE ASUNCION<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1º.- Eríjase un monumento a la Defensa Nacional, según<br /> el diseño de la maqueta con el lema: "Y SERAN NUESTROS PECHOS LAS<br /> MURALLAS", ganadora del concurso de diseño realizado por el Ministerio<br /> de Defensa Nacional, a ubicarse en el jardín central de la fachada<br /> principal del edificio sede del citado Ministerio, sobre la Avda.<br /> Mariscal López, entre Vice Pte. Sánchez y 22 de Setiembre de la ciudad<br /> de Asunción.<br /> Artículo 2°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo, a través del<br /> Ministerio de Defensa Nacional, el cumplimiento de la presente Ley.<br /> Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el<br /> veintidos de abril del año dos mil tres y por la Honorable Cámara de<br /> Diputados, el diecisiete de junio del año dos mil tres, quedando<br /> sancionado el mismo de conformidad al Artículo 204 de la Constitución<br /> Nacional.<br /> | | |<br /> |Oscar A. González Daher |Juan Carlos Galaverna D. |<br /> |Presidente H. Cámara de |Presidente H. Cámara de Senadores |<br /> |Diputados | |<br /> | |Ada Solalinde de Romero |<br /> |Carlos Aníbal Páez Rejalaga |Secretaria Parlamentaria |<br /> |Secretario Parlamentario | |<br /> Asunción, de de 2003<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Miguel Angel Candia<br /> Ministro de Defensa Nacional