Que Modifica El Presupuesto General De La Nacion Para El Ejercicio Fiscal 2004, Aprobado Por Ley N° 2344 Del 31 De Diciembre De 2003 Universidad Nacional De Asuncion Facultad De Ciencias Medicas.
FISCAL 2004, APROBADO POR LEY N° 2344 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2003 -
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION - FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS.
Artículo 1º.- Disminúyase la estimación de los ingresos de la
Administración Central - Tesoro Público por la suma de G. 5.500.000.000
(Guaraníes cinco mil quinientos millones), conforme al Anexo que se adjunta
y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la disminución del crédito presupuestario
de la Administración Central por la suma de G. 5.500.000.000 (Guaraníes
cinco mil quinientos millones), que estará afectada al Presupuesto 2004 del
Tesoro Público, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la
presente Ley.
Artículo 3°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la
Administración Central - Ministerio de Educación y Cultura por la suma de
G. 5.500.000.000 (Guaraníes cinco mil quinientos millones), conforme al
Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 4°.- Amplíase la estimación de los ingresos de las
Entidades Descentralizadas, Universidad Nacional de Asunción por la suma de
G. 5.500.000.000 (Guaraníes cinco mil quinientos millones), conforme al
Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 5°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario de
la Administración Central por la suma de G. 5.500.000.000 (Guaraníes cinco
mil quinientos millones), que estará afectada al Presupuesto 2004 del
Ministerio de Educación y Cultura, conforme al Anexo que se adjunta y forma
parte de la presente Ley.
Artículo 6°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario
para las Entidades Descentralizadas por la suma de G. 5.500.000.000
(Guaraníes cinco mil quinientos millones), que estará afectada al
Presupuesto 2004 de la Universidad Nacional de Asunción, conforme al Anexo
que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 7°.- Apruébase con carácter de excepción de lo dispuesto
en los Artículos 102 y 104 de la Ley Nº 2344 del 31 de diciembre de 2003
"Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal
2004".
Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a diez
días del mes de junio del año dos mil cuatro, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a veintinueve días del mes de julio del año dos mil cuatro,
quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Carrizosa
Galiano
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Osvaldo Ramón Ferrás Morel Adriana
Franco de Fernández
Secretario Parlamentario
Secretaria Parlamentaria
Asunción, de de 2004
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Dionisio Borda
Ministro de Hacienda