Que Modifica La Ley N 1308/98 Que Desafecta Del Dominio Público Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Fernando De La Mora A Transferir A Título Oneroso A Favor De Sus Actuales Ocupantes,
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 1.488
QUE MODIFICA LA LEY N( 1308/98 "QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO
MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA A
TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, UN
INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N( 11801, UBICADO EN
LA FRACCIÓN 3 CORRALES, ZONA NORTE DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1(.-Modifícase el Artículo 1( de la Ley N( 1308 de fecha 12
de agosto de 1998, "QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA
A LA MUNICIPALIDAD DE FERNANDO DE LA MORA A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A
FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE
LA FINCA N( 11801, UBICADO EN LA FRACCIÓN 3 CORRALES, ZONA NORTE DEL CITADO
MUNICIPIO", cuyo texto queda redactado de la siguiente forma:
"Art.1(.- Desaféctase del dominio público municipal y
autorízase a la Municipalidad de Fernando de la Mora a transferir a título
oneroso a favor de sus actuales ocupantes, un inmueble destinado para plaza
y edificios públicos, del loteamiento realizado por el señor Juan Bautista
Gill Aguinaga en el año 1975, individualizado como parte de una finca N(
11801, del Distrito de Fernando de la Mora, correspondiente a los lotes
N(s. 20 y 21 de la manzana VII con Cuenta Corriente Catastral N( 27-1288-
06, ubicado en la Zona Norte del citado municipio, cuyas dimensiones y
linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 30,09 m. (Treinta metros con nueve centímetros), linda
con propiedad privada;
AL SUR: mide 30,09 m. (Treinta metros con nueve centímetros), linda
con el resto del terreno destinado para plaza;
AL ESTE: mide 24,00 m. (Veinticuatro metros), linda con el lote N( 6;
y,
AL OESTE: mide 24,00 m. (Veinticuatro metros), linda con la calle N(
4.
SUPERFICIE: 722,16 m2. (Setecientos veintidós metros cuadrados con
dieciséis decímetros cuadrados)."
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores a los dos
días del mes de setiembre del año un mil novecientos noventa y nueve y por
la Honorable Cámara de Diputados, a los seis días del mes de octubre del
año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución
Nacional.
|Pedro Efraín Alegre Sasiain | |Juan Carlos Galaverna D. |
|Presidente | |Presidente |
|H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |
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|Alfonso González Núñez | |Ilda Mayeregger |
|Secretario Parlamentario | |Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 26 de octubre de 1999
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial
El Presidente de la República
Luis Ángel González Macchi
Walter Hugo Bower Montalto
Ministro del Interior