Que Modifica La Ley No. 16 De Fecha 23 De Junio De 1992

Descarga el documento

[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N( 311<br /> QUE MODIFICA LA LEY No. 16 DE FECHA 23 DE JUNIO DE 1992<br /> EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1o. de la Ley No. 16 de fecha 23<br /> de junio de 1992, cuyo texto queda redactado en los siguientes términos:<br /> "Art. 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Coronel Oviedo a<br /> transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo (Ministerio de<br /> Educación y Culto), una fracción de terreno municipal, que sirve de asiento<br /> a la Escuela Graduada No. 339 "1o. de Marzo", individualizada como solar<br /> No. 1 de la Manzana No. 613, ubicada en el Barrio 1o. de Marzo del citado<br /> Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> AL NORTE: Tiene dos líneas. La primera: mide 47,50 ms. y linda<br /> con la calle proyectada. La segunda: mide 25,30 ms. y linda con solar No.<br /> 2;<br /> AL SUR: Mide 55,20 ms. y linda con la calle Misiones;<br /> AL ESTE: Mide 135 ms. y linda con la calle proyectada, y ;<br /> AL OESTE: Tiene dos líneas. La primera mide 24,80 ms. y linda<br /> con solar No. 2. La segunda mide 96,80 ms. y linda con la calle proyectada.<br /> SUPERFICIE: 7.391,6550 ms2 (Siete mil trescientos noventa y un<br /> metros cuadrados con seis mil quinientos cincuenta centímetros cuadrados)<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la H. Cámara de Diputados a cuatro días del mes de noviembre<br /> del año un mil novecientos noventa y tres, y por la H. Cámara de Senadores,<br /> sancionándose la Ley, a tres días del mes de marzo del año un mil<br /> novecientos noventa y cuatro.<br /> Francisco José de Vargas Evelio Fernández Arévalos<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores<br /> Paraguayo Cubas Colomes Fermín Ramírez<br /> Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario<br /> Asunción, de de<br /> 1994.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Carlos Podestá<br /> Ministro del Interior