Que Rectifica La Ley Nº 105/91 Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Asuncion A Transferir A Titulo Oneroso A Sus Actuales Ocupantes, Fracciones De Terrenos Ubicadas En Los Distritos De Santisima Trinidad Y San Roque Del Citado Municipio.
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 584
QUE RECTIFICA LA LEY Nº 105/91 QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL
Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A
SUS ACTUALES OCUPANTES, FRACCIONES DE TERRENOS UBICADAS EN LOS DISTRITOS DE
SANTISIMA TRINIDAD Y SAN ROQUE DEL CITADO MUNICIPIO.
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Rectifícase la Ley Nº 105/91, "Que desafecta
del dominio público municipal y autoriza a la Municipalidad de
Asunción, a transferir a título oneroso a sus actuales ocupantes,
fracciones de terrenos, ubicadas en los Distritos de Santísima
Trinidad y San Roque del citado municipio", en el ítem 11 del
Artículo 1º, donde el número de la Cuenta Corriente Catastral debe
ser 12-0685-09/10.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a dos días del mes de marzo
del año un mil novecientos noventa y cinco, y por la H. Cámara de
Senadores, sancionándose la Ley, a once días del mes de mayo, del
año un mil novecientos noventa y cinco.
Atilio Martínez Casado
Evelio Fernández Arévalos
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
Luis María Careaga Flecha
Juan Manuel Peralta
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 24 de mayo de 1995.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el
Registro Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Mario Vidal Berdejo Garcete
Ministro del Interior