Que Restituye La Denominacion Original De Puerto Casado Al Distrito La Victoria.
PODER LEGISLATIVO
LEY N( 576
QUE RESTITUYE LA DENOMINACION ORIGINAL DE PUERTO CASADO AL DISTRITO LA
VICTORIA.
EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Restitúyese al Distrito "La Victoria" del
Departamento Alto Paraguay, la denominación original de "Puerto
Casado", cuyos límites fueron establecidos por la Ley Nº 619 del 17
de diciembre de 1976.
Artículo 2º.- La Municipalidad creada por la Ley Nº 619
deberá ajustar su denominación al Artículo 1º de la presente Ley.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a veintitrés días del mes
de agosto del año un mil novecientos noventa y cuatro, y por la H.
Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veintinueve días del
mes de setiembre, del año un mil novecientos noventa y cuatro.
Atilio Martínez Casado
Evelio Fernández Arévalos
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados
H. Cámara de Senadores
José Luis Cuevas
Juan Manuel Peralta
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, 10 de mayo de 1995.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el
Registro Oficial.
El Presidente de la República
Juan Carlos Wasmosy
Carlos Podestá
Ministro del Interior