Que Transfiere A Titulo Gratuito A Favor Del Ministerio De Educacion Y Cultura, Un Inmueble Identificado Como Parte De La Finca N° 722 Del Distrito De Sapucai, Del Ix Departamento Paraguari, Propiedad
QUE TRANSFIERE A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y
CULTURA, UN INMUEBLE IDENTIFICADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 722 DEL
DISTRITO DE SAPUCAI, DEL IX DEPARTAMENTO PARAGUARI, PROPIEDAD PRIVADA
DEL ESTADO PARAGUAYO, MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES -
FERROCARRIL "PRESIDENTE CARLOS ANTONIO LOPEZ", ASIENTO DE LA ESCUELA
GRADUADA N° 151 "VILLA FERROVIARIA".
Artículo 1°.- Transfiérase a título gratuito a favor del Ministerio
de Educación y Cultura, un inmueble identificado como parte de la Finca N°
722, distrito de Sapucai, del IX Departamento Paraguarí, propiedad privada
del Estado Paraguayo, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones -
Ferrocarril "Presidente Carlos Antonio López", asiento de la Escuela N° 151
"Villa Ferroviaria", ubicado en la Colonia Adriano Irala del citado
distrito, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA 1-2: Con rumbo magnético S- 52( 27' 54" -E (Sur,
cincuenta y dos grados, veintisiete minutos, cincuenta y cuatro
segundos, Este), mide 75 ms. (setenta y cinco metros), limita con
calle (derecho del Ferrocarril);
LINEA 2-3: Con rumbo magnético S- 37( 10' 35" -W (Sur, treinta
y siete grados, diez minutos, treinta y cinco segundos, Oeste), mide
121,45 ms. (ciento veintiún metros con cuarenta y cinco centímetros),
limita con derechos del Ferrocarril "Presidente Carlos Antonio López";
LINEA 3-4: Con rumbo magnético N- 52( 33' 32" -W (Norte,
cincuenta y dos grados, treinta y tres minutos, treinta y dos
segundos, Oeste), mide 75 ms. (setenta y cinco metros), limita con
derechos del Ferrocarril; y,
LINEA 4-1: Con rumbo magnético N- 37( 10' 02" -E (Norte,
treinta y siete grados, diez minutos, dos segundos, Este), mide 121,58
ms. (ciento veintiún metros con cincuenta y ocho centímetros), limita
con derechos del Ferrocarril y derechos de Nicolás Insaurralde.
SUPERFICIE: 9.113,5.000 ms². (nueve mil ciento trece metros
cuadrados con cinco mil centímetros cuadrados).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a trece
días del mes de diciembre del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de
Senadores, a veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dos, quedando
sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de
la Constitución Nacional.
Juan Darío Monges Espínola Juan Roque Galeano
Villalba
Presidente
Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de
Senadores
Juan José Vázquez Vázquez Darío Antonio
Franco Flores
Secretario Parlamentario
Secretario Parlamentario
Asunción, de de 2002
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro
Oficial.
El Presidente de la República
Luis Angel González Macchi
Alcides Jiménez Quiñónez
Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones
rdl