Resolución N° 836 Del 15 De Noviembre De 2004.por La Cual Se Reglamenta El Registro Nacional De Documentación Del Exportador, Creado Por Decreto N° 3358, De Fecha 14 De Setiembre De 2004

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[pic]<br /> Ministerio de Industria y Comercio<br /> RESOLUCION N° 836/2004<br /> POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL REGISTRO NACIONAL DE DOCUMENTACIÓN DEL<br /> EXPORTADOR, CREADO POR DECRETO N° 3358, DE FECHA 14 DE SETIEMBRE DE 2004<br /> Asunción, 15 de noviembre de 2004<br /> VISTO:<br /> El Decreto del Poder Ejecutivo N° 3358/04 "Por el cual se crea el Registro<br /> Nacional de Documentación del Exportador";<br /> El Decreto del Poder Ejecutivo N° 20546/03 "Por el cual se crea el Centro<br /> de Simplificación de Trámites de Exportación";<br /> El Decreto del Poder Ejecutivo N° 3359/04 "Por el cual se crea el Centro de<br /> Simplificación de Trámites del Exportador"<br /> La Resolución N° 821/04 "Por la cual se reglamenta la Resolución Nacional<br /> de Documentación del Exportador creado por Decreto N° 3358 de fecha 14 de<br /> setiembre de 2004, "Por el cual se crea el Registro Nacional de<br /> Documentación del Exportador"; y<br /> CONSIDERANDO:<br /> Que, el Decreto del Poder Ejecutivo N° 3358/04 "Por el cual se crea el<br /> Registro Nacional de Documentación del Exportador" en su artículo 4°<br /> faculta al Ministerio de Industria y Comercio a la reglamentación de los<br /> distintos aspectos de organización y funcionamiento del Registro Nacional<br /> de Documentación del Exportador.<br /> Que, es necesario establecer normas de procedimiento a las cuales deberán<br /> ajustarse los órganos y agentes involucrados en la implementación del<br /> Registro Nacional de Documentación del exportador, a través de la puesta en<br /> vigencia de un manual operativo.<br /> POR TANTO,<br /> EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO<br /> RESUELVE:<br /> Art. 1°.- Aprobar el manual operativo referente a normas de<br /> procedimientos a las cuales deberán ajustarse los órganos y agentes<br /> que participen en la inscripción de los exportadores ante el Registro<br /> Nacional de Documentación del Exportador, cuya copia se anexa a la<br /> presente Resolución, y forma parte integrante de la misma.<br /> Art. 2°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.<br /> FDO: ERNST F. BERGEN S.<br /> MINISTRO